miércoles, 14 de octubre de 2015

¿ES GOBERNABLE LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA? (X)

La gobernanza de la educación ha de contar con la participación de todos los agentes de la comunidad escolar (art. 27.7 de la CE), como ya dejamos dicho en anterior escrito. En el contexto del Estado liberal, el paradigma de la Administración, según Max Weber, se basaba en la formalidad legal, la eficacia y la jerarquía en la toma de decisiones. Posteriormente, el Estado social y democrático de Derecho introdujo un principio nuevo, el de participación. En este sentido, las Administraciones Públicas han venido creando órganos de participación para dar audiencia y acogida a las opiniones e iniciativas de los ciudadanos.
En la gestión de la actividad educativa institucional el principio participativo cobra una dimensión mucho más profunda. Si el objetivo de la educación es formar ciudadanos libres, participativos y críticos, la vivencia en la escuela de experiencias deliberativas y democráticas se hace imprescindible.
Hoy en Europa los sistemas participativos en el ámbito de la educación toman dos formas, no excluyentes entre sí, siendo el polo izquierda/derecha el que determina la hegemonía de una sobre la otra: la forma de los derechos individuales, que implica la elección de centro y modelo educativo, y la forma de los derechos colectivos, que supone la utilización de diversos órganos de participación para intervenir directamente en el gobierno, gestión y control de los centros escolares. En España coexisten en conflicto permanente las dos modalidades y son los avatares electorales los que inclinan la balanza de un lado o de otro. El seguimiento de la evolución competencial de los Consejos Escolares y de la figura del Director de los Centros es sobremanera esclarecedor.
La LOECE (UCD) limitaba la participación a las APAS (una o varias por Centro) y reservaba a la Administración educativa la elección de los Directores; la LODE  (PSOE) hablaba del «carácter o proyecto educativo propio» para los centros sostenidos con fondos públicos, ampliaba el concepto de participación (informativa, consultiva, de iniciativa, y decisoria) y atribuía al Consejo Escolar del Centro (art. 42.1.a) la competencia de elegir al Director y designar al equipo directivo propuesto, junto a la de proponer la revocación del nombramiento del Director; la LOPEGCE (PSOE) en el fondo trató de reforzar los controles y el orden en el Claustro y en el  Consejo Escolar y trajo cuatro cambios sustantivos: se crea la acreditación para poder optar a la dirección, se refuerza el papel de las AMPAs, el Consejo Escolar interviene en la elaboración y aprobación del Proyecto Educativo de Centro y, por último, se re-crea el Cuerpo de Inspectores de Educación, corrigiendo la ingenua estupidez de la Ley de 1984 que declaró los Cuerpos de Inspección a extinguir.
La LOCE (PP) recorta drásticamente las competencias del Consejo Escolar reduciéndolas a conocer, informar, proponer... El Director será seleccionado mediante concurso de méritos de entre los que estén en posesión de la certificación acreditativa. La LOE (PSOE) devuelve al Consejo Escolar las competencias de aprobar, decidir, proponer, fijar, revocar..., competencias éstas que la LOMCE (PP) acaba de derogar. Esto es un tejer y destejer y no hay manera de que la vida de los Centros transcurra estable, serena y productiva. La gobernanza se hace imposible.
Debe reconocerse, no obstante, que las dos líneas ideológicas lideradas por el Partido Socialista y el Partido Popular alcanzaron un importante grado de convergencia en la LODE en los temas nucleares de los Consejos Escolares y la Dirección de los centros, pero las cesiones no fueron suficientes para un PP  en vísperas de ganar las elecciones que le permitirían llevarse el gato entero al agua.
Pero más allá del enfrentamiento partidista, el hecho es que, según el estado actual de cosas, la participación de las familias a través de los Consejos Escolares es un fiasco; los padres y madres se asoman a las escuelas e institutos solo cuando son requeridos por los tutores; las condiciones objetivas de las familias (preparación, motivación disposición horaria)  para asistir a reuniones de Consejos o de AMPAs son escasas en el ambiente de una sociología urbana; los Consejos están subordinados a los Claustros y la figura de convidados de piedra de los padres y madres presenta pocos alicientes motivadores.
Y, sin embargo, la escuela pública ─desde cuya defensa escribimos─ no es tal si no participan todos los agentes de la comunidad escolar. El envite es frontal y sin paliativos: sin participación la escuela, en manos exclusivas de directores y claustros, será estatal, pero no público-comunitaria. No es fácil impulsar los procesos participativos ni en educación ni en los demás ámbitos de la vida social y política. Son tiempos terribles para salir del cascarón de la individualidad aplastada por la crisis y la manipulación del sistema. Pero algo hay que hacer:
Debería empezarse por la participación desde la base, creando ‘sencillos’ Consejos  en torno al Profesor-tutor, espacio donde tiene lugar la acción educativa directa de los alumnos.
Hay que devolver a los Consejos las competencias que la LOE establecía (si en los Consejos nada sustantivo se decide, poco interés van a tener las familias en formar parte de ellos)
Conviene llevar los esquemas participativos de los Centros públicos a los concertados, sostenidos también con fondos públicos.
El proceso de la profesionalización de la función directiva no impide que la vida en los Centros sea participativa.
En última instancia, como en tantos otros aspectos de la problemática educativa, la pelota está en el lado de los equipos directivos y de los profesores.  Si éstos no están por la labor, por razones de comodidad o de inseguridad, la participación no pasará de ser un entretenimiento burocrático vacío de contenido, un dispendio de energías que no favorece el buen gobierno de la educación.

1 comentario:

  1. Deespues de leer tu lúcido y didáctico análisis creo que NO. La ley de Educación deberia ser pactada por todos los partidos y de aplicación Nacional.

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