La gobernanza de la educación ha de
contar con la participación de todos los agentes de la comunidad escolar (art.
27.7 de la CE), como ya dejamos dicho en anterior escrito. En el contexto del
Estado liberal, el paradigma de la Administración, según Max Weber, se basaba
en la formalidad legal, la eficacia y la jerarquía en la toma de decisiones.
Posteriormente, el Estado social y democrático de Derecho introdujo un
principio nuevo, el de participación. En este sentido, las Administraciones
Públicas han venido creando órganos de participación para dar audiencia y
acogida a las opiniones e iniciativas de los ciudadanos.
En la gestión de la actividad educativa
institucional el principio participativo cobra una dimensión mucho más
profunda. Si el objetivo de la educación es formar ciudadanos libres,
participativos y críticos, la vivencia en la escuela de experiencias
deliberativas y democráticas se hace imprescindible.
Hoy en Europa los sistemas
participativos en el ámbito de la educación toman dos formas, no excluyentes
entre sí, siendo el polo izquierda/derecha el que determina la hegemonía de una
sobre la otra: la forma de los derechos
individuales, que implica la elección de centro y modelo educativo, y la forma de los derechos colectivos, que
supone la utilización de diversos órganos de participación para intervenir
directamente en el gobierno, gestión y control de los centros escolares. En
España coexisten en conflicto permanente las dos modalidades y son los avatares
electorales los que inclinan la balanza de un lado o de otro. El seguimiento de
la evolución competencial de los Consejos Escolares y de la figura del Director
de los Centros es sobremanera esclarecedor.
La LOECE (UCD) limitaba la
participación a las APAS (una o varias por Centro) y reservaba a la
Administración educativa la elección de los Directores; la LODE (PSOE) hablaba del «carácter o proyecto
educativo propio» para los centros sostenidos con fondos públicos, ampliaba el
concepto de participación (informativa, consultiva, de iniciativa, y decisoria)
y atribuía al Consejo Escolar del Centro (art. 42.1.a) la competencia de elegir
al Director y designar al equipo directivo propuesto, junto a la de proponer la
revocación del nombramiento del Director; la LOPEGCE (PSOE) en el fondo
trató de reforzar los controles y el orden en el Claustro y en el Consejo Escolar y trajo cuatro cambios
sustantivos: se crea la acreditación para poder optar a la dirección, se
refuerza el papel de las AMPAs, el Consejo Escolar interviene en la elaboración
y aprobación del Proyecto Educativo de Centro y, por último, se re-crea el Cuerpo de Inspectores de
Educación, corrigiendo la ingenua estupidez de la Ley de 1984 que declaró los
Cuerpos de Inspección a extinguir.
La LOCE (PP) recorta drásticamente
las competencias del Consejo Escolar reduciéndolas a conocer, informar, proponer... El Director será seleccionado
mediante concurso de méritos de entre los que estén en posesión de la
certificación acreditativa. La LOE (PSOE) devuelve al Consejo Escolar las
competencias de aprobar, decidir,
proponer, fijar, revocar..., competencias éstas que la LOMCE (PP) acaba
de derogar. Esto es un tejer y destejer y no hay manera de que la vida de los
Centros transcurra estable, serena y productiva. La gobernanza se hace
imposible.
Debe reconocerse, no obstante, que las
dos líneas ideológicas lideradas por el Partido Socialista y el Partido Popular
alcanzaron un importante grado de convergencia en la LODE en los temas nucleares
de los Consejos Escolares y la Dirección de los centros, pero las cesiones no
fueron suficientes para un PP en
vísperas de ganar las elecciones que le permitirían llevarse el gato entero al
agua.
Pero más allá del enfrentamiento
partidista, el hecho es que, según el estado actual de cosas, la participación
de las familias a través de los Consejos Escolares es un fiasco; los padres y
madres se asoman a las escuelas e institutos solo cuando son requeridos por los
tutores; las condiciones objetivas de las familias (preparación, motivación
disposición horaria) para asistir a
reuniones de Consejos o de AMPAs son escasas en el ambiente de una sociología
urbana; los Consejos están subordinados a los Claustros y la figura de
convidados de piedra de los padres y madres presenta pocos alicientes
motivadores.
Y, sin embargo, la escuela pública ─desde
cuya defensa escribimos─ no es tal si no participan todos los agentes de la
comunidad escolar. El envite es frontal y sin paliativos: sin participación la
escuela, en manos exclusivas de directores y claustros, será estatal, pero no
público-comunitaria. No es fácil impulsar los procesos participativos ni en
educación ni en los demás ámbitos de la vida social y política. Son tiempos
terribles para salir del cascarón de la individualidad aplastada por la crisis
y la manipulación del sistema. Pero algo hay que hacer:
Debería empezarse por la participación
desde la base, creando ‘sencillos’ Consejos
en torno al Profesor-tutor, espacio donde tiene lugar la acción educativa
directa de los alumnos.
Hay que devolver a los Consejos las
competencias que la LOE establecía (si en los Consejos nada sustantivo se
decide, poco interés van a tener las familias en formar parte de ellos)
Conviene llevar los esquemas
participativos de los Centros públicos a los concertados, sostenidos también
con fondos públicos.
El proceso de la profesionalización de
la función directiva no impide que la vida en los Centros sea participativa.
En última
instancia, como en tantos otros aspectos de la problemática educativa, la
pelota está en el lado de los equipos directivos y de los profesores. Si éstos no están por la labor, por razones
de comodidad o de inseguridad, la participación no pasará de ser un entretenimiento
burocrático vacío de contenido, un dispendio de energías que no favorece el
buen gobierno de la educación.
Deespues de leer tu lúcido y didáctico análisis creo que NO. La ley de Educación deberia ser pactada por todos los partidos y de aplicación Nacional.
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